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Legislación › Real Decreto 1226/2005, de 13 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funciones del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

Artículo 5. La Dirección General.

Artículo 5. La Dirección General.

1. La Dirección General del Instituto asumirá las competencias de planificación, dirección, control e inspección de sus actividades para el cumplimiento de sus fines.

2. El Director General del Instituto, que ejercerá su representación legal, será nombrado y separado libremente de su cargo por real decreto acordado en Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales.

3. A la Dirección General se adscribe orgánicamente la Intervención Delegada en los servicios centrales y territoriales del IMSERSO, sin perjuicio de su dependencia funcional de la Intervención General de la Administración del Estado a través de la Intervención General de la Seguridad Social.

4. De la Dirección General dependen las siguientes unidades con nivel orgánico de subdirección general:

a) La Secretaría General.

b) La Subdirección General de Planificación, Ordenación y Evaluación.

c) La Subdirección General de Gestión.

d) La Subdirección General de Análisis Presupuestario y de Gestión Financiera.

5. En el caso de vacante, ausencia o enfermedad, el Director General será suplido temporalmente por el Secretario General y, en su defecto, por los Subdirectores Generales por el orden que se relaciona en el apartado anterior.

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