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Legislación › Real Decreto 1229/2005, de 13 de octubre, por el que se regulan las subvenciones públicas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales.

Artículo 9. Obligaciones de los beneficiarios.

Artículo 9. Obligaciones de los beneficiarios.

Los beneficiarios deberán divulgar que la actividad ha sido financiada con cargo al programa de subvenciones de la Red de Parques Nacionales. A tal efecto, durante la ejecución de las obras subvencionadas deberán realizarse las oportunas comunicaciones y señalizaciones acreditativas de su financiación de acuerdo con lo que se determine en la convocatoria anual.

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