Legislación › Real Decreto 1228/2005, de 13 de octubre, por el que se crea y regula la Comisión intersectorial para actuar contra las actividades vulneradoras de los derechos de propiedad intelectual.
Artículo 3. Pleno. Sesiones. Funciones.
Artículo 3. Pleno. Sesiones. Funciones.
1. El Pleno se reunirá, a iniciativa de su Presidente, al menos una vez al año.
2. El Pleno ejercerá las siguientes funciones:
a) Establecer las líneas directrices y las actuaciones y medidas que sean necesarias en ejecución del Plan integral del Gobierno para la disminución y la eliminación de las actividades vulneradoras de la propiedad intelectual, así como su seguimiento y evaluación.
b) Promover la celebración de acuerdos y convenios con organizaciones públicas y privadas, nacionales e internacionales, que tengan entre sus fines la protección de los derechos de propiedad intelectual.
c) Proponer las actuaciones necesarias para la formación de las autoridades y agentes encargados de la persecución de las actividades ilícitas e infracciones de derechos de propiedad intelectual.
d) Formular a los órganos competentes propuestas sobre las iniciativas y modificaciones legislativas o reglamentarias que se estimen necesarias para la eficaz protección de los derechos de propiedad intelectual.
e) Programar campañas de concienciación y difusión social de los derechos de propiedad intelectual destinadas a sensibilizar a los ciudadanos y a las organizaciones sociales sobre la necesidad de proteger la propiedad intelectual.
f) Conocer de las estadísticas anuales relativas a las actuaciones contra las actividades vulneradoras de los derechos de propiedad intelectual.
g) Aprobar la memoria anual de actividades.
h) Cualesquiera otras funciones que supongan una más eficaz colaboración, coordinación y cooperación entre las Administraciones públicas.


