Legislación › Real Decreto 57/2005, de 21 de enero, por el que se establecen prescripciones para el incremento de la seguridad del parque de ascensores existente.
ANEXO
ANEXO
Medidas de seguridad a las que se refiere el artículo 1
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Medida |
Disposiciones aplicables |
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Ascensores eléctricos |
Ascensores hidráulicos |
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1 |
Instalar en el foso un interruptor de parada, un interruptor de iluminación del hueco y una toma de corriente, para uso del personal de mantenimiento. |
5.7.3.4 UNE-EN 81-1:2001 |
5.7.2.5 UNE-EN 81-2:2001 |
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2 |
Modificar el faldón bajo el umbral de la cabina, haciéndolo de la mayor altura posible, compatible con la profundidad del foso, hasta un máximo de 75 cm. |
8.4 ITC MIE-AEM 1 |
8.4 UNE 58717:1989 |
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3 |
Dotar de puertas a las cabinas, junto con un indicador posicional de la cabina, visible desde su interior. |
8.5/8.6 ITC MIE-AEM 1 |
8.5/8.6 UNE 58717:1989 |
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4 |
Instalar en la cabina iluminación y alarma de emergencia. |
8.17.3/8.17.4 ITC MIE-AEM 1 |
8.17.3/8.17.4 UNE 58717:1989 |
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5 |
Dotar de protección a las poleas de reenvío de suspensión, de desvío, de compensación y de máquinas. |
9.7/12.9 ITC MIE-AEM 1 |
9.4/12.11 UNE 58717:1989 |
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6 |
Instalar contacto de seguridad de aflojamiento de cable limitador. |
9.9.11.3 ITC MIE-AEM 1 |
9.10.2.10.3 UNE 58717:1989 |
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7 |
Dotar de un dispositivo de parada que actúe cuando el ascensor no arranque o patinen los cables. |
10.6.2 ITC MIE-AEM 1 |
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8 |
Posibilitar que se pueda controlar fácilmente, desde el cuarto de máquinas, si la cabina se encuentra en una zona de desenclavamiento. |
12.5.1.2 ITC MIE-AEM 1 |
12.9.3 UNE 58717:1989 |
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9 |
En los motores alimentados directamente por una red, la llegada de energía deberá ser cortada por dos contactores independientes. |
12.7.1 ITC MIE-AEM 1 |
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10 |
Instalar en cabina un sistema de comunicación bidireccional que permita una comunicación permanente con un servicio de intervención rápida en edificios de ocupación diaria temporal (edificios públicos o de oficinas), estacional o viviendas de baja ocupación, y otras situaciones que determine el órgano competente de la comunidad autónoma. |
14.2.3 UNE-EN 81-1:2001 |
14.2.3 UNE-EN 81-2:2001 |
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11 |
Instalar una barandilla en el techo de la cabina cuando el espacio libre entre el borde del techo y la pared del hueco sea mayor de 30 cm. |
8.13.3 UNE-EN 81-1:2001 |
8.13.3 UNE-EN 81-2:2001 |
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12 |
Eliminar el amianto de los mecanismos de frenado, cuando se sustituyan éstos. |
0.3.1 UNE-EN 81-1:2001 |
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13 |
Cuando se cambie el equipo tractor deberá lograrse una precisión de ± 2 cm del nivel de parada de la cabina respecto al nivel del piso. |
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14 |
Cuando se proceda al cambio de una bomba del equipo hidráulico, el nuevo equipo deberá disponer de una bomba manual para desplazar la cabina hacia arriba. |
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12.9.2 UNE 58717:1989 |
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15 |
Cuando se cambie la cabina se instalarán en ella y en el descansillo órganos de mando inteligibles por minusválidos y se dotará a la cabina de un dispositivo de control de sobrecarga. |
1.2 anexo I Real Decreto 1314/1997, de 1 de agosto, y 14.2.5 UNE-EN 81-1:2001 |
1.2 anexo I Real Decreto 1314/1997, de 1 de agosto, y 14.2.5 UNE-EN 81-2:2001 |
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16 |
Cuando se cambie el grupo tractor junto con la cabina o con el bastidor, deberá instalarse un dispositivo que impida el movimiento ascendente incontrolado de la cabina. |
9.10 UNE-EN 81-1:2001 |
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