Legislación › Ley 3/2005, de 23 de mayo, por la que se regula el ejercicio del derecho a formular instrucciones previas en el ámbito sanitario y se crea el registro correspondiente.
Artículo 4. Requisitos de capacidad.
Artículo 4. Requisitos de capacidad.
Para otorgar el documento de instrucciones previas se requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad y no haber sido incapacitado judicialmente.
b) Manifestar libremente la correspondiente declaración de voluntad.


