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Legislación › Ley 3/2005, de 23 de mayo, por la que se regula el ejercicio del derecho a formular instrucciones previas en el ámbito sanitario y se crea el registro correspondiente.

Artículo 4. Requisitos de capacidad.

Artículo 4. Requisitos de capacidad.

Para otorgar el documento de instrucciones previas se requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad y no haber sido incapacitado judicialmente.

b) Manifestar libremente la correspondiente declaración de voluntad.

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