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Legislación › Real Decreto 1313/2005, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación del material de multiplicación de hongos cultivados.

Artículo 2. Exclusiones especiales.

Artículo 2. Exclusiones especiales.

La autoridad competente podrá dispensar de los requisitos de este reglamento a los materiales de multiplicación destinados a:

a) Pruebas o fines científicos.

b) Labores de selección.

c) Medidas encaminadas a la conservación de la diversidad genética.

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