Legislación › Ley 25/2005, de 24 de noviembre, reguladora de las entidades de capital-riesgo y sus sociedades gestoras.
Artículo 16. Modificación de régimen.
Artículo 16. Modificación de régimen.
En caso de que una entidad de régimen común pretenda acogerse a las normas del régimen simplificado, o viceversa, deberá solicitar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores autorización para dicho cambio conforme a los requisitos y el procedimiento de autorización de la constitución establecidos en la sección 1.ª de este capítulo I del Título I.


