Legislación › Resolución de 15 de noviembre de 2005, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se amplían los límites del Parque Nacional de Cabañeros por incorporación de terrenos colindantes al mismo.
ANEXO II
ANEXO II
Referencia de los límites geográficos y linderos de los terrenos colindantes con el Parque Nacional de Cabañeros que se incorporan al mismo en virtud del presente Acuerdo
Superficie de 1.836,25 hectáreas pertenecientes a los Montes de Utilidad Pública n.º 18 «Tierras de Talavera» y n.º 19 «Tierras de Toledo» propiedad ambos del Ayuntamiento de Los Navalucillos («Toledo) delimitados a partir del Pico del Rocigalgo, en su confluencia con un límite actual del Parque Nacional, siguiendo desde aquí el lindero del monte de utilidad pública n.° 19 «Tierras de Toledo», pasando por el Collado del Chorro, la cumbre de la Carrera del Caballo, el Risco de Juan Antón, las Tejadillas, el Collado de la Arañosa y cumbre de la Toledana. Desde esta última el límite del territorio a incluir en el Parque Nacional de Cabañeros sigue hacia el nordeste por la divisoria del Arroyo de la Arañosa, hasta las juntas de este Arroyo con el Arroyo del Chorro, para continuar aguas abajo por el Arroyo del Chorro, incluyendo completamente sus dos riberas, hasta la confluencia del Arroyo de la Calanchera. Desde aquí, se ajusta a la divisoria del Arroyo de la Calanchera con el arroyo de la Luciérnaga hasta el Cerro de la Nava, prosiguiendo a lo largo de la divisoria de aguas del Arroyo de la Calanchera y el Río Cedena con rumbo sursureste, hasta el punto de coordenadas geográficas 4º 37ʼ 20.95ʼʼ Oeste; 39º 33ʼ 59.37ʼʼ Norte, donde discurre por la linde entre el monte público y la finca Robledo Hermoso, hasta llegar al Pico Rocigalgo, lugar desde donde se ha iniciado la descripción del límite.


