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Legislación › Real Decreto 1456/2005, de 2 de diciembre, por el que se regulan las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio.

Disposición adicional segunda. Cambio de denominación.

Disposición adicional segunda. Cambio de denominación.

1. Desde la entrada en vigor del presente real decreto, las actuales Direcciones Regionales de Comercio pasarán a denominarse Direcciones Territoriales de Comercio y las actuales Direcciones Territoriales de Comercio se denominarán Direcciones Provinciales de Comercio.

El número y emplazamiento de estas Direcciones Territoriales y Provinciales, será el establecido en el Anexo que acompaña a la presente disposición.

2. Por Orden del Ministro de Industria, Comercio y Turismo, se podrá modificar el número y emplazamiento de las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio.

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