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Legislación › Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de medidas para la vivienda protegida y el suelo.

Artículo 18. Infracciones.

Artículo 18. Infracciones.

En relación con la finalidad de la presente Ley, sin perjuicio del régimen sancionador que con carácter general resulte de aplicación a las viviendas protegidas, tendrán la consideración de infracciones graves y muy graves las acciones u omisiones tipificadas y sancionadas como tales en el presente Capítulo.

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