Legislación › Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de medidas para la vivienda protegida y el suelo.
Artículo 8. Condición resolutoria.
Artículo 8. Condición resolutoria.
Todo contrato o acto de disposición sobre suelos destinados a la promoción de viviendas protegidas estará sujeto a condición resolutoria para el caso de que se incumpla tal destino, debiendo constar tal determinación en los documentos que a tal efecto se suscriban y en el Registro de la Propiedad.


