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Legislación › Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Disposición transitoria primera. Procedimientos ya iniciados.

Disposición transitoria primera. Procedimientos ya iniciados.

La presente Ley Foral no será de aplicación a los procedimientos de concesión de subvenciones que se hubieran iniciado con anterioridad a su entrada en vigor, que se regirán por la normativa precedente.

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