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Legislación › Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.

Artículo 39 bis. Relaciones de puestos de los servicios comunes.

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Artículo 39 bis. Relaciones de puestos de las Unidades Procesales de Apoyo Directo. los servicios comunes.
1. Las relaciones de puestos de trabajo de las Unidades Procesales de Apoyo Directo los servicios comunes que radiquen en el mismo municipio deberán contener necesariamente la diferenciación identificar, a efectos de provisión del puesto, los puestos de trabajo correspondientes a:
a) El conjunto servicio común de Unidades Procesales tramitación de Apoyo Directo a un determinado órgano colegiado. la Audiencia Nacional.
b) El conjunto Los servicios comunes de Unidades Procesales tramitación de Apoyo Directo a órganos judiciales unipersonales pertenecientes al mismo orden jurisdiccional. las Audiencias Provinciales
A estos efectos, c) Las áreas que se entenderá constituyan.
d) Los equipos
que el orden jurisdiccional civil comprende los Juzgados de Primera Instancia, Juzgados de se constituyan, cuando así lo Mercantil y Juzgados establezca las relaciones de Familia. Se entenderá puestos de trabajo, y, en todo caso, siempre que el orden jurisdiccional penal comprende los Juzgados de Instrucción, Juzgados de lo Penal, Juzgados de Vigilancia Penitenciaria, Juzgados de Menores y Juzgados número de Violencia sobre la Mujer. efectivos en el equipo sea igual o superior a 50.
2. Los puestos de trabajo así diferenciados identificados conforme al apartado anterior determinarán la atribución de funciones tareas por el jefe o responsable de la unidad o centro de destino a los funcionarios que ocupen con carácter definitivo puestos de trabajo genéricos, al personal funcionario, dentro de las funciones atribuidas a cada orden jurisdiccional.
Asimismo,
cuerpo funcionarial en los concursos artículos 476, 477 y 478 de traslados, los funcionarios podrán optar a los puestos genéricos diferenciados dentro la Ley Orgánica del Centro Poder Judicial.
3. La identificación
de Destino correspondiente los puestos a las Unidades Procesales de Apoyo Directo que radiquen en se refiere el mismo municipio apartado 1 de este artículo regirá para la asignación inicial de puesto al personal de la Administración de Justicia de nuevo ingreso, así como para su provisión temporal o definitiva conforme a lo establecido previsto en el apartado primero de este artículo. la normativa vigente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de junio de 2025 En vigor BOE-A-2025-12861 Leer Qué cambió
20 de junio de 2010 BOE-A-2010-9710 Leer

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