Legislación › Ley 11/2005, de 7 de diciembre, de medidas específicas y tributarias para las islas de Ibiza y Formentera, en materia de ordenación territorial, urbanismo y turismo.
Artículo 12. Revisión de los planes generales de ordenación urbana mediante normas subsidiarias y complementarias.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de diciembre de 2005 y la del 1 de enero de 2018.
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Artículo 12. Revisión de los planes generales de ordenación urbana mediante normas subsidiarias y complementarias.
La revisión de los instrumentos de planeamiento general vigentes, redactados y aprobados de acuerdo con lo que se dispone en la Ley del suelo de 2 de mayo de 1975, podrá efectuarse mediante la formulación de normas subsidiarias y complementarias del planeamiento cuando las características de su desarrollo urbanístico y capacidad de gestión urbanística así lo aconsejen. Para acogerse a este supuesto, la aprobación inicial de la revisión requerirá previamente el informe favorable del órgano competente del consejo insular. (Derogado).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2018 En vigor | BOE-A-2018-806 | Leer | Qué cambió |
| 16 de diciembre de 2005 | Texto original | Leer |


