Legislación › Ley 11/2005, de 7 de diciembre, de medidas específicas y tributarias para las islas de Ibiza y Formentera, en materia de ordenación territorial, urbanismo y turismo.
Artículo 7. Delimitación de núcleos rurales en las áreas de protección territorial de costas.
Artículo 7. Delimitación de núcleos rurales en las áreas de protección territorial de costas.
La delimitación de núcleos rurales en suelo rústico por los instrumentos de planeamiento general en los términos y las condiciones que establezca el correspondiente instrumento de ordenación territorial no resultará incompatible con la delimitación del área de protección territorial de costas a que se refiere el artículo 19.1.e) e).1 de la Ley 6/1999, de 3 de abril, de Directrices de Ordenación Territorial de las Illes Balears y de medidas tributarias, recogida en el correspondiente instrumento de ordenación territorial.


