Legislación › Real Decreto 1558/2005, de 23 de diciembre, por el que se regulan los requisitos básicos de los Centros integrados de formación profesional.
Disposición transitoria segunda. Vigencia de las ofertas actuales.
Disposición transitoria segunda. Vigencia de las ofertas actuales.
Las ofertas educativas y formativas en los Centros integrados serán las actualmente en vigor hasta la sustitución de los títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad actuales por los correspondientes títulos y certificados de profesionalidad que se regulen a partir del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales.
← Disposición transitoria primera Índice Disposición final primera →


