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Legislación › Resolución de 26 de diciembre de 2005, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la estructura orgánica de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes.

Primero. Configuración, ámbito territorial y sede de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2006 y la del 1 de febrero de 2013. Tachado: lo que se quitó (8 palabras). Subrayado: lo que se añadió (6 palabras). Volver al texto en vigor

Primero. Configuración, ámbito territorial y sede de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes.
1. La Delegación Central de Grandes Contribuyentes se configura como órgano central de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dependiendo directamente de la Dirección General de la Agencia y actuando de acuerdo con los criterios determinados por los Directores de los Departamentos en el ejercicio de sus respectivas funciones.
2. La Delegación Central de Grandes Contribuyentes ejercerá sus competencias en todo el territorio nacional respecto a los obligados tributarios adscritos a ella. dentro de su ámbito de actuación.
3. La Delegación Central de Grandes Contribuyentes tendrá su sede en Madrid y unidades administrativas desconcentradas en aquellos otros lugares en los que se consideren necesarias para el mejor desarrollo de sus funciones.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de febrero de 2013 En vigor BOE-A-2013-698 Leer Qué cambió
1 de enero de 2006 Texto original Leer

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