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Legislación › Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de caza de la Comunidad Valenciana.

Artículo 5. Competencias en materia de caza.

Artículo 5. Competencias en materia de caza.

Las competencias que se derivan de la aplicación de la presente ley se ejercerán por la Conselleria de la Generalitat que tenga atribuidas las competencias sobre la caza.

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