Legislación › Real Decreto 118/2005, de 4 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Agentes Comerciales de España y de su Consejo General.
Artículo 44. Bienes inmuebles.
Artículo 44. Bienes inmuebles.
La enajenación y gravamen de bienes inmuebles de los Colegios o del Consejo General deberán contar con la aprobación de su respectiva Asamblea General.


