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Legislación › Real Decreto 118/2005, de 4 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Agentes Comerciales de España y de su Consejo General.

Artículo 44. Bienes inmuebles.

Artículo 44. Bienes inmuebles.

La enajenación y gravamen de bienes inmuebles de los Colegios o del Consejo General deberán contar con la aprobación de su respectiva Asamblea General.

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