Legislación › Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de medidas en materia sanitaria.
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
La regulación del régimen sancionador que se lleva a efecto y que se refiere exclusivamente al ámbito sanitario, será aplicable a todos los vehículos de transporte sanitario terrestre ya fueren de transporte público, privado, u oficial, residenciados en la Comunidad de Madrid.


