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Legislación › Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Artículo 126. Colaboración de otras Administraciones públicas en el procedimiento ordinario.

Artículo 126. Colaboración de otras Administraciones públicas en el procedimiento ordinario.

El órgano instructor recabará de los órganos y dependencias administrativas pertenecientes a cualquiera de las Administraciones públicas la información que fuera necesaria para el eficaz ejercicio de sus propias competencias, incluyendo, la petición de la información necesaria al Registro central de penados y rebeldes.

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