LexTotal

Legislación › Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

Artículo 26 bis. Suspensión de las operaciones de transmisión de derechos de emisión.

Artículo 26 bis. Suspensión de las operaciones de transmisión de derechos de emisión.

1. En los supuestos previstos en los apartados 2 y 3 del artículo 23, el titular no podrá transmitir derechos de emisión en tanto no se produzca la inscripción del dato sobre emisiones por el órgano autonómico competente.

2. En los supuestos previstos en los apartados 2 y 3 del artículo 36 ter, el operador aéreo no podrá transmitir derechos de emisión en tanto no se produzca la inscripción del dato sobre emisiones por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Se añade por el art. único.24 de la Ley 9/2020, de 16 de diciembre. BOE-A-2020-16347

← Artículo 26 Índice Artículo 27 →