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Legislación › Ley 2/2005, de 1 de marzo, de Estadística de La Rioja.

Artículo 34. Funciones del Consejo Superior de Estadística de La Rioja.

Artículo 34. Funciones del Consejo Superior de Estadística de La Rioja.

Las funciones que se atribuirán al Consejo Superior de Estadística de La Rioja incluirán, al menos, las siguientes:

1. Informar el Plan Regional de Estadística y los Programas Anuales de Estadística.

2. Presentar recomendaciones sobre la difusión de la estadística regional; sobre las relaciones entre órganos estadísticos e informantes; y sobre la aplicación práctica del secreto estadístico.

3. Informar cualquier otro proyecto o cuestión que en materia de estadística someta a su consideración el Gobierno de La Rioja.

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