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Legislación › Ley 1/2005, de 4 de marzo, por la que se regula el régimen de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 18. Tipificación de sanciones.

Artículo 18. Tipificación de sanciones.

Las infracciones administrativas enumeradas en el artículo anterior podrán dar lugar a la imposición de alguna o algunas de las siguientes sanciones:

a) Por infracciones leves:

Multa de hasta 12.500 euros.

b) Por infracciones graves:

Multa desde 12.501 a 50.000 euros.

Suspensión temporal de reconocimiento de la organización interprofesional agroalimentaria, a efectos de lo establecido en la presente Ley, por plazo no superior a un año.

c) Por infracciones muy graves:

Multa desde 50.001 a 100.000 euros.

Suspensión temporal de reconocimiento de la organización interprofesional agroalimentaria, a los efectos de lo establecido en la presente Ley, por plazo superior a un año e inferior a tres años.

Retirada definitiva del reconocimiento a la organización interprofesional agroalimentaria, a los efectos previstos en esta Ley.

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