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Legislación › Ley 1/2005, de 4 de marzo, por la que se regula el régimen de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 20. Comunicación a la Administración del Estado.

Artículo 20. Comunicación a la Administración del Estado.

Reconocida una organización interprofesional agroalimentaria andaluza por la Consejería competente en la materia, se comunicará dicho reconocimiento al Registro de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, conforme al artículo 22 del Real Decreto 705/1997, de 16 de mayo. Asimismo, se comunicará la revocación o retirada del reconocimiento o cualquier otra incidencia inscrita en el Registro.

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