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Legislación › Ley 3/2005, de 14 de marzo, de Ordenación de la actividad comercial y las actividades feriales en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Disposición final tercera.

Disposición final tercera.

La presente Ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

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