Legislación › Ley 3/2005, de 14 de marzo, de Ordenación de la actividad comercial y las actividades feriales en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Disposición final tercera.
Disposición final tercera.
La presente Ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.


