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Legislación › Orden INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades.

Noveno.

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Noveno.
El Director titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias por delegación de las autoridades que se expresan, ejercerá las facultades siguientes:
1. Del Titular del Departamento:
1.1 Las
Departamento, las atribuidas por la Ley y el Reglamento de Expropiación Forzosa.
1.2 Siempre que el importe sea 2. Del Secretario de cuantía superior a 120.000 euros e inferior a 600.000 euros:
1.2.1 La aprobación y compromiso
Estado de Seguridad, en relación con los gastos propios créditos de los servicios dependientes presupuestarios del ámbito de la Dirección General, así como el reconocimiento competencias de la obligación y la propuesta de pago efectuada al Ministro Secretaría General:
2.1 Cuando su cuantía no exceda
de Economía y Hacienda. 1.500.000 euros, excepto lo delegado en otras autoridades:
1.2.2 2.1.1 Las facultades que la legislación le confiere en materia de contratación administrativa, incluidos los negocios jurídicos y las encomiendas de gestión que puedan formalizarse al amparo de lo previsto en el Texto Refundido artículo 15 de la Ley 30/1992, de Contratos 26 de las Administraciones Públicas atribuye al Titular noviembre, y del Departamento como órgano de contratación.
1.3 En
artículo 4.1.n), en relación con el personal adscrito a artículo 24.6, de la Dirección General Ley 30/2007, de Instituciones Penitenciarias y al Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, en este segundo caso en calidad 30 de Presidente del mismo: octubre.
1.3.1 2.1.2 La convocatoria de concursos para la provisión de puestos de trabajo, así como la remoción de funcionarios aprobación y compromiso de los puestos gastos propios de trabajo obtenidos por concurso en los supuestos legalmente previstos.
1.3.2 La concesión de reingreso al servicio activo a quienes lo obtengan a través
servicios dependientes de la participación en convocatorias de provisión de puestos de trabajo mediante concurso.
1.3.3 La resolución
Secretaría General, así como el reconocimiento de expedientes disciplinarios las obligaciones que impongan sanciones de suspensión de funciones ellos se deriven y traslado con cambio de residencia.
1.3.4 Convocar
la provisión de puestos propuesta de trabajo con funcionarios interinos, así como proceder a su selección.
1.3.5 En relación con el personal laboral, la convocatoria y resolución
pago efectuada al Ministro de concursos Economía y pruebas selectivas, tanto en régimen de promoción interna como de acceso libre. Hacienda.
1.3.6 2.1.3 La iniciativa, concesión y acreditación del otorgamiento al personal, de menciones honoríficas y medallas al mérito penitenciario ayudas y al mérito social penitenciario con excepción de las medallas de oro. subvenciones.
1.3.7 La fijación y distribución del complemento 2.2 Respecto de productividad y los contratos de otros incentivos al rendimiento, en cuantía superior a 1.500.000 euros, el marco ejercicio de todas las atribuciones a las que se refieren los criterios generales establecidos para el Departamento.
1.3.8 La provisión de puestos de trabajo de libre designación,
puntos 2.1.1 y 2.1.2 anteriores, con excepción de los acuerdos de Subdirector General y asimilados.
1.4 La concesión
inicio del expediente de ayudas contratación, adjudicación, prórroga, modificación y subvenciones, con cargo a los créditos resolución, así como de los servicios presupuestarios resolución del ámbito de competencias de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, hasta un límite de 600.000 euros, sin perjuicio de lo delegado en otras autoridades.
1.5 Las autorizaciones especiales de uso sobre bienes afectados o adscritos, de acuerdo con lo establecido en
recurso al que se refiere el artículo 90 37 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, 30/2007, de Patrimonio 30 de las Administraciones Públicas.
1.6 Las concesiones y autorizaciones sobre los bienes y derechos demaniales del Patrimonio del Estado
octubre, que se encuentren afectados o le corresponda su gestión o administración, según lo dispuesto en la Ley 33/2003. reservará el órgano delegante.
1.7 2.3 La suscripción de los Convenios de Colaboración con entidades públicas, a excepción de las Comunidades Autónomas, y con personas físicas o jurídicas sujetas al Derecho privado.
2. 3. Del Subsecretario Titular del Interior, Departamento y del Secretario de Estado de Seguridad, en relación con el personal adscrito a la Dirección Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y al Organismo Autónomo Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, en este segundo caso como Presidente del mismo y todo ello sin perjuicio de las competencias de los Delegados del Gobierno en relación con los funcionarios destinados en los servicios periféricos: Penitenciarias:
2.1 3.1 La redistribución de efectivos de los funcionarios que ocupen con carácter definitivo puestos no singularizados y la movilidad por cambio de adscripción provisión de puestos de trabajo no singularizados.
2.2 La provisión
de puestos libre designación, con excepción de trabajo por procedimiento los de reasignación Subdirector General y asimilados, previa convocatoria pública, relativos a los Servicios Centrales y Periféricos de efectivos.
2.3 Autorizar
la permuta Secretaría General, así como acordar la concesión de puestos comisiones de trabajo. servicio y la atribución temporal de funciones con respecto a estos puestos.
2.4 3.2 La adscripción provisional resolución de puestos expedientes disciplinarios que impongan sanciones de trabajo a funcionarios cesados en puestos suspensión de nivel 30 o inferior en los supuestos previstos en los apartados a) funciones y b) del artículo 63 del Reglamento General traslado con cambios de Ingreso residencia.
3.3 La iniciativa, concesión y acreditación
del Personal otorgamiento al Servicio personal, de la Administración General del Estado menciones honoríficas y de Provisión de Puestos de Trabajo medallas al mérito penitenciario y Promoción Profesional al mérito social penitenciario con excepción de los Funcionarios Civiles las medallas de la Administración General oro.
4. Del Subsecretario
del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, Interior, en relación con el ámbito de personal adscrito a la Dirección Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
2.5 Acordar las comisiones de servicio previstas en el artículo 64 del citado Reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995, relativas a los puestos de trabajo de libre designación, así como las comisiones de servicio establecidas en los artículos 65 y 69 del citado Reglamento.
2.6 El nombramiento de personal interino.
2.7 Acordar
Penitenciarias: acordar la adopción de medidas provisionales en materia de régimen disciplinario.
2.8 La fijación del calendario laboral.
2.9 Las relaciones sindicales en el ámbito de las Instituciones Penitenciarias.

Redacciones de este artículo

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17 de febrero de 2023 En vigor BOE-A-2023-4215 Leer Qué cambió
15 de septiembre de 2006 BOE-A-2006-16193 Leer Qué cambió
18 de febrero de 2016 BOE-A-2016-1617 Leer Qué cambió
5 de julio de 2010 BOE-A-2010-10665 Leer Qué cambió
23 de enero de 2010 BOE-A-2010-1002 Leer Qué cambió
16 de abril de 2005 Texto original Leer

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