Legislación › Ley 2/2005, de 18 de febrero, de promoción y defensa de la calidad alimentaria gallega.
Artículo 58. Formación y recursos de la inspección.
Artículo 58. Formación y recursos de la inspección.
La administración autonómica habrá de velar por el mantenimiento de la formación continuada del personal inspector y para que la dotación de recursos de la inspección sea la adecuada a la función a realizar.


