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Legislación › Ley 2/2005, de 18 de febrero, de promoción y defensa de la calidad alimentaria gallega.

Disposición adicional quinta.

Disposición adicional quinta.

Las disposiciones de la presente ley, y en concreto las relativas al procedimiento de reconocimiento, reglamentos y control y certificación de las denominaciones geográficas, así como al régimen jurídico, reconocimiento, funciones, organización, recursos, régimen sancionador y demás preceptos referidos a los consejos reguladores, serán de aplicación a la producción agraria ecológica.

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