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Legislación › Real Decreto 427/2005, de 15 de abril, por el que se regula la composición, las funciones y el funcionamiento de la Comisión Nacional de Administración Local.

Disposición final primera. Comisiones Provinciales de Colaboración con las Corporaciones Locales.

Disposición final primera. Comisiones Provinciales de Colaboración con las Corporaciones Locales.

El apartado 3 del artículo 11 del Real Decreto 3489/2000, de 29 de diciembre, por el que se regula la naturaleza, composición y funciones de las Comisiones Provinciales de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales, queda redactado del siguiente modo:

«3. En el ámbito de la función asignada a las Comisiones Provinciales de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales en el artículo 2.1, les corresponde la emisión del informe preceptivo previo a la aprobación por el órgano competente del Plan provincial o insular de obras y servicios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por el Real Decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, y en el artículo 9.2 del Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, por el que se regula la cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales.»

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