LexTotal

Legislación › Ley 7/2005, de 13 de mayo, por la que se crea el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos.

Artículo 2. Relaciones con la Administración General del Estado.

Artículo 2. Relaciones con la Administración General del Estado.

El Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos se relacionará con la Administración General del Estado a través del Ministerio de Educación y Ciencia, sin perjuicio de poder hacerlo también a través de otro Departamento ministerial en razón de la materia de que se trate.

← Artículo 1 Índice Disposición transitoria primera →