LexTotal

Legislación › Ley 3/2005, de 20 de abril, de protección del medio nocturno de las Illes Balears.

Artículo 25. Potestad sancionadora y órganos competentes.

Artículo 25. Potestad sancionadora y órganos competentes.

1. La potestad sancionadora para las infracciones tipificadas por esta ley corresponde a la administración del consejo insular y a los entes locales.

2. Los órganos competentes para imponer las sanciones fijadas por esta ley se determinarán reglamentariamente.

← Artículo 24 Índice Artículo 26 →