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Legislación › Ley 4/2004, de 30 de noviembre, del Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales.

Artículo 5. Ámbito de actuación.

Artículo 5. Ámbito de actuación.

El Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales tiene como ámbito de actuación el que se establece en el artículo 3 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, junto con todo su desarrollo reglamentario, con especial atención a las pequeñas y medianas empresas, siendo el territorio del Principado de Asturias el marco geográfico en el que se desarrolla sus actividad.

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