Legislación › Ley 4/2005, de 29 de abril, sobre drogodependencias y otras adicciones en las Illes Balears.
Artículo 27. Inhalantes y colas.
Artículo 27. Inhalantes y colas.
1. Se prohíbe la venta a menores de 18 años de colas y otros productos químicos que puedan producir efectos nocivos para la salud y creen dependencia o produzcan efectos no deseables.
2. La consejería competente en materia sanitaria ha de determinar reglamentariamente la relación de productos a que se refiere este artículo.


