Legislación › Ley 5/2005, de 25 de abril, reguladora del recurso de casación en materia de derecho civil de Galicia.
Disposición transitoria.
Disposición transitoria.
Serán recurribles en casación, con arreglo a lo dispuesto en la presente ley, las resoluciones judiciales que, dictadas antes de su entrada en vigor, se encuentren en tiempo hábil de ser recurridas.


