LexTotal

Legislación › Ley 9/2004, de 7 de diciembre, del Consejo Valenciano de Personas Mayores.

Artículo 4. Fines.

Artículo 4. Fines.

El Consejo Valenciano de Personas Mayores es el órgano consultivo y asesor de la Generalitat, en la definición, aplicación y seguimiento de las políticas de atención, inserción social y calidad de vida dirigidas al sector de población de personas mayores, entendiendo por tales a las personas mayores de 65 años y las de más de 60 años que hayan cesado en su actividad laboral o profesional.

El Consejo Valenciano de Personas Mayores promoverá una incorporación más activa de las personas mayores en la vida social, política y cultural. Asimismo, fomentará el respeto y la protección de los derechos de las personas en la Comunidad Valenciana.

← Artículo 3 Índice Artículo 5 →