Legislación › Ley 9/2004, de 7 de diciembre, del Consejo Valenciano de Personas Mayores.
Artículo 7. Colaboración con otros organismos o instituciones.
Artículo 7. Colaboración con otros organismos o instituciones.
1. El Consejo Valenciano de Personas Mayores podrá tener relaciones horizontales con órganos consultivos de carácter análogo.
2. Asimismo, también podrá tener acuerdos de colaboración con otros organismos de carácter social, científico y cultural.


