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Legislación › Ley 9/2004, de 7 de diciembre, del Consejo Valenciano de Personas Mayores.

Artículo 7. Colaboración con otros organismos o instituciones.

Artículo 7. Colaboración con otros organismos o instituciones.

1. El Consejo Valenciano de Personas Mayores podrá tener relaciones horizontales con órganos consultivos de carácter análogo.

2. Asimismo, también podrá tener acuerdos de colaboración con otros organismos de carácter social, científico y cultural.

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