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Legislación › Orden APA/1728/2005, de 3 de junio, por la que se regula la actividad de los buques de arrastre peninsulares que faenan en aguas profundas de los caladeros de las islas de Ibiza y Formentera.

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

Las normas contenidas en la presente Orden serán de aplicación a los buques españoles, con base en puertos de la península, que faenan en las aguas exteriores en la modalidad de arrastre de fondo en las zonas profundas de la plataforma marítima que circunda las islas de Ibiza y Formentera, tanto en aguas jurisdiccionales españolas, como en alta mar.

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