Legislación › Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia.
Artículo 77. Criterios para la valoración de la idoneidad en la adopción nacional.
Artículo 77. Criterios para la valoración de la idoneidad en la adopción nacional.
Los criterios de valoración se establecerán reglamentariamente, respetando, en todo caso, los principios generales establecidos en la presente Ley Foral.


