Legislación › Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia.
Disposición adicional quinta. Cooperación al Desarrollo.
Disposición adicional quinta. Cooperación al Desarrollo.
Desde la actuación de los principios de solidaridad para la mejora de las condiciones de vida de los menores de todos los países, y en particular en aquéllos en vías de desarrollo o pertenecientes al Tercer Mundo, y de corresponsabilidad en el reconocimiento y garantía de los Derechos del Niño, en la concesión de subvenciones en el marco de la Cooperación al desarrollo se priorizarán aquellos proyectos dirigidos a la atención y protección de la infancia en los países citados.
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