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Legislación › Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código Civil de Cataluña, relativo a los derechos reales.

Artículo 553-49. Cuotas.

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Artículo 553-49. Cuotas.
Debe asignarse la Cada uno de los elementos privativos que integran una subcomunidad tiene asignada una cuota particular de participación, independiente separada de la cuota general que le corresponde en el conjunto de la propiedad horizontal, a cada uno de los elementos privativos que integran la subcomunidad. horizontal compleja.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de junio de 2015 En vigor BOE-A-2015-6013 Leer Qué cambió
1 de julio de 2006 Texto original Leer

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