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Legislación › Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código Civil de Cataluña, relativo a los derechos reales.

Artículo 553-7. Establecimiento del régimen.

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Artículo 553-7. Establecimiento del régimen.
1. Un edificio queda sometido El inmueble se somete al régimen de propiedad horizontal desde el otorgamiento del título de constitución, aunque la construcción no esté acabado. terminada.
2. El título de constitución debe inscribirse se inscribe en el Registro de la Propiedad de conformidad con lo establecido por la legislación hipotecaria y con a los efectos establecidos por esta. que esta legislación establece.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de junio de 2015 En vigor BOE-A-2015-6013 Leer Qué cambió
1 de julio de 2006 Texto original Leer

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