Legislación › Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código Civil de Cataluña, relativo a los derechos reales.
Artículo 568-28. Concepto y régimen jurídico
Artículo 568-28. Concepto y régimen jurídico
El derecho de redimir, como derecho de adquisición voluntaria que faculta al vendedor para readquirir el bien vendido, se rige por lo establecido por la presente sección y, si no es de aplicación, por las normas del derecho de opción, en la medida que sean de aplicación.
Téngase en cuenta que este artículo, añadido por la disposición final 5.6 de la Ley 3/2017, de 15 de febrero BOE-A-2017-2466., entra en vigor el 1 de enero de 2018, según determina su disposición final 9.
Se añade por la disposición final 5.6 de la Ley 3/2017, de 15 de febrero. BOE-A-2017-2466.


