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Legislación › Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código Civil de Cataluña, relativo a los derechos reales.

Disposición transitoria novena. Derechos de usufructo, uso y habitación.

Disposición transitoria novena. Derechos de usufructo, uso y habitación.

1. Los usufructos constituidos a título gratuito antes de la entrada en vigor del presente libro se rigen íntegramente por las normas del mismo a partir del día de su entrada en vigor.

2. Los usufructos constituidos a título oneroso antes de la entrada en vigor del presente libro se rigen por la legislación anterior si los usufructuarios y los nudos propietarios no pactan otra cosa.

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