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Legislación › Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código Civil de Cataluña, relativo a los derechos reales.

Disposición transitoria vigesimoprimera. Aplicación del artículo 565-11.5.

Disposición transitoria vigesimoprimera. Aplicación del artículo 565-11.5.

El artículo 565-11.5 del Código civil de Cataluña se aplica a todos los censos, cualquiera que sea la fecha de constitución. El cómputo del plazo se inicia en el momento de la entrada en vigor de la presente ley.

Se añade por la disposición final 6 de la Ley 3/2017, de 15 de febrero. BOE-A-2017-2466#df-6.

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