Legislación › Real Decreto 751/2006, de 16 de junio, sobre autorización y registro de transportistas y medios de transporte de animales y por el que se crea el Comité español de bienestar y protección de los animales de producción.
ANEXO I
ANEXO I
Datos mínimos del transportista, que deben figurar en el Registro general, según los artículos 4 y 5.2
1. Número de autorización asignado al transportista.
2. Apellidos y nombre y o razón social del transportista, nacionalidad y dirección completa.
3. Código o Número de Identificación Fiscal (CIF o NIF)
4. Nombre y apellidos y nacionalidad del representante legal de la empresa y su NIF.
5. Fecha de alta de la autorización.
6. Fecha de caducidad de la autorización.
7. Tipo de autorización (no válida para viajes largos o válida para todo tipo de viajes, incluidos los viajes largos).
8. Decisiones notificadas de acuerdo con los artículos 26.4.c) y 26.6 del Reglamento (CE) n.º 1/2005 del Consejo de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas y por el que se modifican las Directivas 64/432/CEE y 93/119/CE y el Reglamento (CE) n.º 1255/97.
9. Autoridad competente que expide la autorización.


