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Legislación › Real Decreto 751/2006, de 16 de junio, sobre autorización y registro de transportistas y medios de transporte de animales y por el que se crea el Comité español de bienestar y protección de los animales de producción.

ANEXO I

ANEXO I

Datos mínimos del transportista, que deben figurar en el Registro general, según los artículos 4 y 5.2

1. Número de autorización asignado al transportista.

2. Apellidos y nombre y o razón social del transportista, nacionalidad y dirección completa.

3. Código o Número de Identificación Fiscal (CIF o NIF)

4. Nombre y apellidos y nacionalidad del representante legal de la empresa y su NIF.

5. Fecha de alta de la autorización.

6. Fecha de caducidad de la autorización.

7. Tipo de autorización (no válida para viajes largos o válida para todo tipo de viajes, incluidos los viajes largos).

8. Decisiones notificadas de acuerdo con los artículos 26.4.c) y 26.6 del Reglamento (CE) n.º 1/2005 del Consejo de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas y por el que se modifican las Directivas 64/432/CEE y 93/119/CE y el Reglamento (CE) n.º 1255/97.

9. Autoridad competente que expide la autorización.

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