Legislación › Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de medidas financieras.
Artículo 7. Exención de los patrimonios especialmente protegidos de contribuyentes con discapacidad.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2006 y la del 1 de junio de 2006.
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Artículo 7. Exención de los patrimonios especialmente protegidos de contribuyentes con discapacidad.
Estarán exentos de este impuesto los bienes y derechos de contenido económico computados para la determinación de la base imponible que formen parte del patrimonio especialmente protegido del contribuyente, constituido al amparo de la Ley 41/2003, de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la normativa tributaria con esta finalidad. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de junio de 2006 En vigor | BOE-A-2006-90002 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2006 | Texto original | Leer |


