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Legislación › Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de medidas financieras.

Disposición final sexta. Refundición de normas tributarias.

Disposición final sexta. Refundición de normas tributarias.

Se autoriza a la Junta de Castilla y León para elaborar y aprobar, dentro del plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley, un texto refundido de las normas vigentes relativas a tributos cedidos por el Estado a la Comunidad de Castilla y León, establecidas por las leyes de la Comunidad. La refundición incluye la posibilidad de regularizar, aclarar y armonizar los textos legales que sean objeto del texto refundido.

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