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Legislación › Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos.

Disposición transitoria tercera. Interposición de reclamaciones en materia de contratación pública.

Disposición transitoria tercera. Interposición de reclamaciones en materia de contratación pública.

1. Hasta el momento en que entre en funcionamiento el Portal de Contratación de Navarra las reclamaciones podrán presentarse a través de medios convencionales ante la Junta de Contratación Pública.

2. Hasta la entrada en vigor de la Ley Foral en la que se adapte la contratación a las especificidades de la Administración Local, se habilita a las Entidades Locales de Navarra para que sus licitaciones puedan ser objeto de reclamación siempre que así lo establezcan en el pliego de cláusulas administrativas.

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