LexTotal

Legislación › Ley 5/2006, de 16 de junio, de Cámaras de la Propiedad Urbana de Castilla y León y su Consejo General.

Artículo 8. Régimen Económico.

Artículo 8. Régimen Económico.

Las Cámaras de la Propiedad Urbana y su Consejo General contarán con los siguientes recursos:

a) Los bienes procedentes de donaciones, herencias y legados.

b) Los rendimientos procedentes de los bienes y derechos que deriven de su patrimonio.

c) Las cuotas de los asociados.

d) Los rendimientos derivados de la prestación de servicios.

e) Las subvenciones y otras ayudas que puedan recibir de las Administraciones Públicas.

f) Las bonificaciones y exenciones fiscales que, en su caso, puedan corresponderles.

g) Cualesquiera otros recursos adquiridos conforme a las disposiciones legales y estatutarias.

← Artículo 7 Índice Artículo 9 →